Fomentando impunidad
Por Magalí Rey Rosa - Guatemala, 10 de mayo de 2008
Este es el caso del barco Bay Island Trader, que entró en Guatemala sin los permisos ambientales necesarios para el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos: el 24 de abril, el Ministro de la Defensa pregunta al Ministerio de Ambiente si el barco Bay Island Trader tiene una evaluación de impacto ambiental aprobada para entrar en Guatemala, y ser desmantelado y reciclado aquí —ya que podría transportar materiales peligrosos que suelen encontrarse en embarcaciones para el desguace—. Respuesta: el barco, de procedencia hondureña, no cuenta con una evaluación de impacto ambiental. Por esa sola razón, legalmente no se puede autorizar el ingreso del buque, hasta que éste cumpla con todos los requisitos necesarios.
Antecedentes legales: el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona; es deber del Estado garantizar, entre otras cosas, la justicia. El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional estamos obligados a prevenir la contaminación. Es obligación del Ministerio de Ambiente ejercer las funciones normativas de control y supervisión que por ley le corresponden, velando por la seguridad humana y ambiental. Está prohibida la introducción de desechos tóxicos provenientes de procesos industriales que contengan sustancias que puedan infectar, contaminar y/o degradar el ambiente y poner en riesgo la vida y la salud de sus habitantes. Para todo proyecto o cualquier actividad que pueda producir deterioro al ambiente… es necesario, previamente a su desarrollo, un estudio de evaluación de impacto ambiental. Guatemala es signataria del Convenio de Basilea, el mecanismo internacional autorizado para controlar los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos.
Además, es irregular que la empresa importadora del Bay Island Trader no tenga autorización que ampare la actividad de desmantelamiento para reciclaje de materiales; que la bodega de almacenamiento de la empresa recicladora haya cambiado de ubicación, por lo que la evaluación de impacto ambiental que ampara dicha actividad no se encuentra vigente; que los trabajadores de la planta no cuenten con el equipo mínimo necesario de seguridad...
El alférez de navío Adrián Solares no permitió la entrada del barco en el país, y ordenó que éste fondeara en una bahía externa, por seguridad de la tripulación. Con insólita rapidez, el señor juez de Primera Instancia del Ramo Civil de Izabal ordenó el ingreso del barco en Guatemala, escudándose en un amparo provisional, sin la autorización del Ministerio de la Defensa ni del Ministerio de Ambiente. La acción del juez Galván Casasola destruyó la medida de protección a la población y al territorio guatemaltecos que tomaron el Ministerio de Ambiente y el Ministerio de la Defensa, y constituye un atentado contra el régimen de legalidad y el estado de Derecho. Él tendrá que ser investigado por el Ministerio Público, por incumplimiento de deberes. Su conducta contradice la postura asumida públicamente por el Organismo Judicial, ahora que los presidentes de los organismos de justicia de toda Centroamérica se han comprometido a encaminar acciones para fortalecer la legislación ambiental, y que asumen la responsabilidad de vigilar por su cumplimiento para promover una efectiva aplicación de la justicia ambiental. Este es el caso de un juez que fomenta la impunidad y afecta el derecho humano a un ambiente sano de la población guatemalteca, cuando tendría que ser al revés.
Fuente: www.prensalibre.com.gt - 090508 |