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Guatemala: Tierra fértil en abusos de infantes y adolescentes
Por Magda Hernández - Guatemala, 19 de agosto de 2006

En espera que entre en tercera lectura al pleno del Congreso la iniciativa de Ley 2036, que contempla las reformas al Código Penal, Jorge Luis Ortega presidente de la Comisión del Menor y la Familia explica de qué tratan y el porqué es importante que sean aprobadas por el Congreso de la República.

¿Cuáles son las reformas al Código Penal que contiene esta iniciativa?

En este paquete se crean, reforman y amplían delitos y penas contra la seguridad, libertad e indemnidad sexual; delitos de protección a la niñez, las mujeres, discapacitados, y personas de tercera edad.

Se aumentan severamente las penas al delito de proxenetismo y rufianearía, vergonzosamente en Latinoamérica. Guatemala es el único país que contempla una multa de 500 a dos mil quetzales por delitos de este tipo, mientras que la pena en el resto del continente es prisión de ocho años aproximadamente.

Se amplía el delito de violación, ya que la actual no establece violación a hombres (especialmente los niños), y sólo penaliza la vía vaginal y más limitado aun ya que sólo contempla la penetración de pene y no de dedos o algún objeto.

¿Cuándo se dieron las últimas reformas al Código Penal?

Todos los períodos legislativos han realizado reformas al Código Penal, y también se han creado delitos en leyes dispersas, no precisamente al Código Penal, sin embargo, vale aclarar que este Código data de 1973.

Es necesario de manera urgente, penalizar una serie de hechos que no están considerados como delitos, hay otros que sólo deben ser reformados o ampliados, mientras se hace una reforma integral al Código Penal.

Lo ideal sería cambiar todo el sistema penal, que incluye el sistema penitenciario, y luchar contra la impunidad. Hay muchos problemas que no se resuelven con una ley, ya que son parte operativa, tenemos que reestructurar el sistema de justicia, para conseguir una mejor función de fiscales, jueces y una policía calificada

¿Qué organizaciones impulsan esta propuesta de reforma?

En la Comisión del Menor y la Familia del Congreso nos hemos reunido con diversos actores, tanto gubernamentales como no gubernamentales, como el Movimiento Social de la Niñez y la Juventud y distintas organizaciones de mujeres.

El tema toma auge con el grupo articulador, que coordinó el Ministerio de Relaciones Exteriores y el que aglutinó a la mayoría de sectores gubernamentales como el Ministerio de Gobernación, Procuraduría General de la Nación, PGN, y otros ministerios.

A la iniciativa también se suma el Ministerio Público, la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), el Instituto de Estudios comparados en Ciencias Penales, (IECCP), y actualmente estamos trabajando con jueces de sentencia.

Como el tema es parte de los compromisos de Guatemala en convenios internacionales ratificados, ha tenido el apoyo de UNICEF, ECPAT Guatemala y OIT, entre otros.

¿Cuáles son los aspectos más relevantes de esta iniciativa?

Es urgente tipificar y penalizar una serie de hechos, como lo es la pornografía infantil, la violencia intrafamiliar, la explotación sexual comercial, el turismo sexual, el tráfico de órganos y tejidos humanos y la dilapidación de bienes familiares.

Es alarmante el alto índice de familiares involucrados y padrastros como agresores de los niños; además, con el avance de la tecnología de la comunicación se generan nuevos delitos, como la manipulación de fotografías, videos y pedofilia en general.

El año pasado hubo más de 60 denuncias de violaciones a menores de edad, la mayoría de los casos no llegaron a sentencia.

Es importante agregar que cuando Guatemala no estandariza esa lucha internacional contra los delitos sexuales, se convierte en lo que es ahora “un paraíso de explotación sexual infantil” y las redes internacionales de estos delitos buscan el país más débil en legislación y ese actualmente en Latinoamérica es “Guatemala”.

¿Cuáles son las leyes que fortalecen esta iniciativa para que sean viables estas modificaciones al Código Penal vigente?

Hay que hacer una reforma integral al Código Penal, armonizarlo con el Código Procesal Penal, modificar el sistema penitenciario, aprobar la iniciativa de ley que busca regular los hogares de abrigo, crear un instituto de apoyo a las víctimas, en fin, en el tema de protección de la niñez siempre habrá mucho trabajo, ya que de todos los ciudadanos los niños y niñas, han sido los más relegados del sistema, especialmente las niñas, pobres e indígenas.

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Artículo 34

Los Estados Partes so comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:

a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;

b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;

c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.

Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia

Derecho a la protección contra el tráfico ilegal, sustracción, secuestro, venta y trata de niños, niñas y adolescentes.

ARTÍCULO 50. Seguridad e integridad.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección contra el secuestro, el tráfico, la venta y trata para cualquier forma. El Estado deberá desarrollar actividades y estrategias de carácter nacional, bilateral y multilateral adecuadas para impedir acciones.

ARTÍCULO 56. Explotación o abuso sexual. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra toda forma de explotación o abuso sexual, incluyendo:

a) La incitación o la coacción para que se dedique a cualquier actividad sexual.

b) Su utilización en la prostitución, espectáculos o material pornográfico.

c) Promiscuidad sexual.

d) El acoso sexual de docentes, tutores y responsables.

Guatemala es el país más débil en legislación penal en América Central. Si no tipifica como delito la violación a niños, publicaciones y espectáculos obscenos, deroga el matrimonio de la ofendida con el ofensor, el proxenetismo y la trata de personas, entre otros abusos que se cometen contra la niñez y adolescencia. Se convierte en la sede de las redes internacionales que practican estas violaciones a los derechos humanos de la niñez y la adolescencia.

Fuente: www.lahora.com.gt - 110806 - Ref.: Agencia de Noticias La Nana


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