El juez Santiago Pedraz y la justicia universal
Por Eddy Castillo y Félix Espoz - Guatemala - Madrid, 30 de julio de 2006
El juez español se basa en acuerdos internacionales de Naciones Unidas
El juez de la Audiencia Nacional Española Santiago Pedraz se ampara en convenios internacionales, ratificados por Guatemala, para ordenar la captura de ocho ex altos funcionarios guatemaltecos, pero éstos y sus defensores consideran que esa resolución no tiene validez en el país.
“No hay base legal y el convenio de Roma que menciona la jurisdicción universal no está ratificado por Guatemala”, dice Fernando Linares, defensor de Óscar Mejía Víctores.
Efraín Ríos Montt y Mejía Víctores aseguran no tener ninguna responsabilidad en los crímenes, y tampoco temen ser detenidos.
Francisco Palomo, abogado de Ríos Montt, sostiene que “en el país no se cometió genocidio: se trató de una guerra donde murieron personas por enfrentamientos armados donde peleaban tropa contra tropa”.
Además, que “el general está amparado por el Decreto 32-88, una amnistía emitida en 1988 durante el gobierno de Vinicio Cerezo”.
Por el contrario, según expertos en derecho internacional, la legislación española y otros convenios permiten llevar el proceso en España, pero advierten que se debe definir si hubo genocidio en la pasada guerra interna, según la demanda planteada en la Audiencia Nacional Española en diciembre de 1999, por la Premio Nobel de la Paz, Rigoberta Menchú.
Pedraz dictó, el 7 de julio, orden de búsqueda y captura por genocidio, terrorismo, torturas, asesinato y detenciones ilegales contra tres ex gobernantes y otros cinco ex funcionarios en las décadas de los años 70 y 80.
La ley española
“Países como España, Dinamarca y Holanda han avanzado mucho en su legislación y comienzan a admitir estos delitos (genocidio) puesto que afectan a toda la ciudadanía”, explicó en España a Nuestro Diario el doctor Antonio Rovira Viñas, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid.
Pedraz, en su resolución de captura, se ampara en “el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las disposiciones de la Convención contra la Tortura”. Guatemala firmó y ratificó esta convención.
Según Luis Pedro Álvarez, experto en Derecho Penal de la Universidad de Salamanca, España, el artículo 23.4 dice: “Igualmente será competente la jurisdicción española para conocer hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse según la ley española como alguno de los siguientes delitos: genocidio, terrorismo”.
También afirmó que el Código Penal español, en su artículo 607, reconoce el delito de genocidio.
Justicia universal
Álvarez y Rovira Viñas opinan que los tribunales españoles también se amparan en convenios internacionales contra delitos de lesa humanidad.
Entre estos figuran los convenios para la prevención y sanción del delito de genocidio ante Naciones Unidas, en vigor desde el 12 de enero de 1995, y otro sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Crímenes de Lesa Humanidad. Guatemala ya firmó y ratificó ambos.
Al considerar esos aspectos, “sí es legal la acción de Pedraz. El juez se basa en los acuerdos internacionales de la ONU firmados y ratificados por Guatemala”, dice Álvarez.
También asegura que Pedraz cumplió todos los requisitos al solicitar la comisión rogatoria, con cuya acción pretendía escuchar, a inicios de julio por medio del juez Saúl Álvarez, a los inculpados.
Caso Pinochet
El primer caso de justicia universal fue la detención en Londres, en octubre de 1998, del ex dictador chileno Augusto Pinochet, sólo liberado el 2 de marzo del 2000 por el Ministerio del Interior británico, al considerar que no estaba en condiciones físicas y mentales para afrontar el juicio al que lo quería someter en España el juez Baltazar Garzón.
“El caso Pinochet fue un hito importante, porque se rompió con el principio de no intervención que había protegido y amparado a los autores de toda clase de delitos contra la humanidad”, aclara Rovira Viñas.
La justicia guatemalteca espera las órdenes de captura para seguir con el proceso, mientras la defensa de los sindicados anunció acciones legales para frenar el proceso contra sus clientes.
El genocidio
La premio Nobel de la Paz, Rigoberta Menchú asegura que en Guatemala se registraron los delitos de genocidio, torturas y desapariciones forzadas, “prueba de eso son los 40 mil desaparecidos y más de 250 mil asesinados”. Esa información, reportada por la Comisión de Esclarecimiento Histórico, en 1999 sirvió al juez español para dictar las órdenes de captura contra los guatemaltecos.
Los delitos
Los delitos de lesa humanidad que se imputan a los acusados son: desapariciones forzadas, masacres, asesinatos y genocidio. En la resolución del juez Pedraz, a Ríos Montt se le detallan 13 masacres; a Mejía Víctores, dos y contra Romeo Lucas, su hermano Benedicto y Ángel Guevara figuran 11 casos. A esto se suma la quema de la embajada de España y el asesinato de cuatro sacerdotes españoles.
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