Justicia para los miembros de CONCODIG, de Pocohil, Chichicastenango
Por la Unidad de Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos - UDEFEGUA - Guatemala, 3 de febrero de 2010
El departamento del Quiché fue uno de los más golpeados durante el Conflicto Armado Interno, el Proyecto de Recuperación de la Memoria Histórica -REMHI reporta que en este departamento se suscitaron el 68.2% del total de las masacres que sucedieron durante la época de la guerra. Después de la Firma de la Paz en 1996 se han iniciado varios proyectos de búsqueda y recuperación de los restos de las víctimas de este tipo de violencia.
Los familiares de las víctimas han recurrido a Organizaciones de Derechos Humanos para impulsar las gestiones legales a fin de poder dar sagrada sepultura a sus muertos. Éste es el caso de la Comunidad Pocohil – Chichicastenango del Departamento del Quiché, dónde el 15 de diciembre de 2008 el señor Jerónimo Guarcas y otros familiares de víctimas de una masacre, iniciaron las gestiones legales para la recuperación de los restos de al menos 17 osamentas que se encontraban en un cementerio clandestino, dichas gestiones están identificadas con la denuncia No. 226-2008-3123, presentada ante el Ministerio Público de Santa Cruz del Quiché, como casos conexos por tratarse de una misma masacre.
Además de solicitar la autorización judicial para realizar las exhumaciones, se necesitó solicitar autorización a los dueños del terreno donde se sabía se encontraban los restos, solicitud que fuera dada por los mismos sin ningún problema.
En este caso los familiares de las víctimas contaron con el apoyo de la Asociación Consejo Nacional de las Comunidades para el Desarrollo Integral de Guatemala –CONCODIG-, y de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala –FAFG- quiénes se encargarían de realizar la exhumación.
Al contar con la autorización judicial, se realizaron varias reuniones con los familiares de las víctimas para coordinar las exhumaciones, la última de éstas se celebró el 25 de mayo de 2009, en donde además participaron las autoridades locales; en ella se levantó un acta donde se acordó realizar la exhumación y suspender las clases durante tres días por seguridad de los niños, esto a petición de la comunidad. Estableciendo el 27 de mayo de 2009 como la fecha para iniciar las excavaciones.
El 29 de mayo de 2009, luego de ser informados por los antropólogos que la fosa se encontraba adulterada, los familiares de las víctimas, personal de CONCODIG y FAFG. Se decidió contactar al Señor Diego Martín Salvador, persona que en la época en la que se efectuó la masacre era el Alcalde Auxiliar y Jefe de las Patrullas de Auto Defensa Civil (ahora pastor de la iglesia), para preguntarle si contaba con mayor información.
Se acordó una reunión en la casa del Sr. Martín Salvador; cuando la comitiva llego a la casa, les informaron que él no se encontraba, por lo que decidieron retirarse; mientras lo hacían escucharon que un hombre les gritaba desde la terraza de una casa: “auxilio, entraron guerrilleros a la casa de Don Diego, traigan gasolina”. Ignoraron dicho suceso y regresaron a la parte de atrás de la Escuela (donde se están realizando las exhumaciones), en dicho lugar se encontraba una señora, que agredió a dos miembros de la comitiva, mientras les decía en quiche “son unos guerrilleros ladrones asesinos” y a los trabajadores de la FAFG, les decía en español “porque ayudan a gente mala”. Seguidamente fueron a guardar todos los instrumentos que utilizaron en la exhumación, pero fueron alertados por una niña del bloqueo de la carretera; empezaron a sonar los gorgoritos (que es el medio que utiliza la comunidad para agruparse), la comitiva ante tal suceso decidió huir del lugar, para evitar su linchamiento. Dejando atrás el vehículo y todas sus pertenencias, bajando por la vereda, en dirección de la subestación de la PNC de Chichicastenango.
Mientras tanto la PNC, que ya había sido alertada, llegó al lugar de las exhumaciones y rescató a dos mujeres, una trabajadora de la FAFG y otra de la CONCODIG. Se reunieron en la subestación de Chichicastenango. Horas más tarde se enteraron de que supuestamente el Alcalde Municipal, PDH, PNC y autoridades de la comunidad habían llegado al acuerdo de que podían regresar por el vehículo y que iban a ser recibidos de manera pacífica. Por esta razón se decidió que solo 8 agentes, 3 auxiliares de la PDH y el señor Miguel Quiej de CONCODIG retornarían al lugar.
Al llegar en la comunidad habían aproximadamente 500 personas reunidas esperándolos lo primero que hicieron es arrinconar a la autopatrulla de la PNC enfrente de la escuela, amenazándolas de quemar la autopatrulla. Luego obligaron a los familiares de las víctimas a que subieran en unas bancas en medio de la turba en donde les gritaron que eran guerrilleros, ladrones, asesinos. En repetidas ocasiones dijeron que los iban a quemar.
Permanecieron retenidos alrededor de cuatro horas, la PDH informó que era una detención ilegal. La PDH y la PNC, solo jugaron un papel de observadores y no de intermediarios en los hechos acontecidos.
Sobre las 8:30 horas dejaron marchar a Miguel Quiej, la PNC y la PDH abandonaron el lugar dejando indefensas a las víctimas y familiares con la turba controlada por los Ex-PAC. A las nueve de la noche reunieron a otras comunidades y autoridades locales para intimidar a las víctimas, y aplicarles un castigo con latigazos. El castigo fue recibido por Jerónimo Guarcas, Manuel Sicaj, Juan Salvador y Angel Salvador quienes recibieron 30 azotes. Liberándolos a las 3:00 de la mañana.
Luego las familiares de los torturados, estuvieron retenidos en sus casas, sin luz y sin agua, sujetos al pago de Q.500.00, de multa y a sus hijos se les niega el acceso a educación. Ante la amenaza constante parte de las víctimas abandonaron la comunidad desplazándose a la capital y refugiándose en la sede de CONCODIG donde recibieron el asesoramiento de UDEFEGUA para poner las denuncias pertinentes ante la fiscalía de defensores de derechos humanos, la cual se suma a la ya presentada por los antropólogos de la FAFG.
Estas denuncias están siendo conocidas en la Fiscalía de Derechos Humanos, Unidad Fiscal de Delitos cometidos Contra Activistas de Derechos Humanos.
Con el interés de hacer justicia en este caso donde las víctimas fueron sometidos a tortura y que corrieron un alto riesgo de ser linchados por la turba, así como sometidos a una detención ilegal, uno de los agraviados solicitó asesoramiento legal y se define la importancia de que se adhiera al proceso penal con la figura de Querellante Adhesivo y se inicia dicho procedimiento.
El Caso está identificado con el número Causa C-1980-2009. Oficial 4to, conocido por el Juzgado de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Santa Cruz del Quiché. Dado que el caso es complejo, luego de practicar unas diligencias preliminares básicamente dirigidas a la correcta identificación de los responsables y para sustentar la solicitud de aprehensión, el Ministerio Público prepara la solicitud de Control Jurisdiccional y Orden de Aprehensión, la cual presenta, en el mes de diciembre 2009, ante el Juzgado antes mencionado, sin embargo y pese a que los delitos que se persiguen son graves, la Señora Jueza Rafaela López Salazar resuelve de manera sorpresiva. En dicha resolución la Jueza cita a primera declaración a los sindicados entre 2 y 8 de febrero de 2010.
Lamentamos que dicho tipo de resoluciones propicien actos de impunidad, ya que, se da un alto margen para que los sindicados huyan o que de igual forma como lo hicieran ese 29 de mayo de 2009, éstos muevan a los comunitarios para generar presión contra los agraviados y contra el mismo tribunal. Esperamos que en este se respete el debido proceso y que se respeten las garantías procesales.
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